PREGUNTAS FRECUENTES
Auxilio Mecánico
Auxilio Mecánico: Teléfonos y Webs útiles
RIO URUGUAY SEGUROS
Teléfono: 0810 888 7080
Web: https://www.riouruguay.com.ar/
LIBRA SEGUROS
Teléfono: 0800 222 0065
Web: https://www.libraseguros.com.ar/
GALENO SEGUROS
Teléfono: 0800 777 5433
Web: https://www.galenoseguros.com.ar/seguros/
PARANÁ SEGUROS
Teléfono: 0800 999 7003
Web: http://www.paranaseguros.com.ar/
MERIDIONAL SEGUROS
Teléfono: 0800 333 4358
SMG
Teléfono: 0810 333 3764
Web: https://www.swissmedical.com.ar/smgnewsite/seguros/
BERKLEY
Teléfono: 0800 555 0465
Web: https://www.berkley.com.ar/
MAPFRE
Teléfono: 0810 666 7424
Web: https://www.mapfre.com.ar/seguros-ar/
NACION SEGUROS
Teléfono: 0800 888 9908
Auxilio Mecánico: Alcances y Límites
Alcance del auxilio mecánico
Para conocer el alcance del auxilio mecánico, es menester remitirse a la póliza. Cada compañía, cada póliza y cada cobertura pueden tener diferentes limitaciones y características por lo que las mismas estarán establecidas en el contrato que usted firme.
Limites al alcance del auxilio mecánico
Los seguros de auto establecen 2 límites al alcance del auxilio mecánico:
1) la cantidad de auxilios mecánicos que pueden usarse por mes y por año
2) los kilómetros hasta los cuales se le brinda la emergencia
Se debe prestar importancia a las emergencias mecánicas, más aun si consideramos la antigüedad de nuestro vehículo.
Seguros
Cómo puedo hacer para asegurar mi auto desde mi casa?
Simple y sencillo. Debe comunicarse con los teléfonos habilitados (WhatsApp +54 9 2964 403904) o enviar por correo electrónico a info@rossiseg.com.ar todos los datos correspondientes al vehículo. Un asesor preparará la cotización y se la enviará a la brevedad, garatizándole la mejor opción con la mejor cobertura. Una vez que decida contratar el seguro, le solicitaremos distintas fotos de su vehículo para completar el trámite.
Cómo puedo hacer para pagar mi seguro desde mi casa?
Están a su disposición nuestros números de cuenta disponibles. Si desea realizar una transferencia, le solicitamos, tenga a bien, enviarnos el comprobante de pago por correo electrónico a info@rossiseg.com.ar. Asimismo, es posible realizar un depósito bancario por buzón. Previamente puede consultar el importe a pagar y le enviaremos el comprobante por el medio que usted desee a la brevedad.
Le recordamos que puede realizar consultas y gestiones en nuestros teléfonos habilitados (WhatsApp):
- Consultas generales, pólizas, cotizaciones y pagos: +54 9 2964 403904
- Siniestros, reclamos y denuncias: +54 9 2964 601690
Cómo puedo solicitar mi póliza?
Envíenos un correo electrónico con el nombre del asegurado y la patente a info@rossiseg.com.ar. Nosotros le reenviaremos por ese mismo medio el archivo con su póliza.
Según las leyes vigentes, ¿cuál es la cobertura de seguro obligatorio del automotor?
La ley establece la contratación de un seguro de responsabilidad civil. Es aquel que brinda cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, como consecuencia de un accidente de tránsito. Esta cobertura abarca daño emergente, daño moral y lucro cesante producidos a terceros y no contempla daños materiales ocasionados a tu propio vehículo.
¿Desde cuándo tiene vigencia la cobertura de seguro ?
La cobertura de un seguro tiene vigencia a partir del momento en que haya recibido por e-mail el certificado de cobertura (el cual recomendamos que se imprima y acompañe la documentación del vehículo) comenzará a correr la cobertura contra Responsabilidad Civil que es lo que se necesita por ley para transitar. La cobertura contratada queda en proceso de verificación y comenzará a regir a las 0 horas del día posterior a la fecha de aprobación de la documentación verificada. El proceso de verificación y validación para la confirmación de la Cobertura incluye los siguientes datos:
- Datos del Asegurado
- Datos del vehículo
- Forma de Pago
- Inspección Fotográfica
¿Qué documentación se debe tener disponible para circular con el vehículo?
- Licencia de conducir vigente.
- DNI o cédula de identidad.
- Cédula de identificación del automotor, verde o azul, según corresponda.
- Oblea de RTV (Revisión Técnica Vehicular) o VTV (Verificación Técnica Vehicular) correspondiente.
- Comprobante de póliza de seguro obligatorio vigente.
- Comprobante de pago de la patente. Asimismo, el vehículo debe tener las chapas patentes visibles en el lugar correspondiente.
- En caso de tener GNC, deberá contar con la cédula de identificación y la oblea correspondiente.
- Para viajar a cualquier país del MERCOSUR se debe adicionar el certificado de MERCOSUR adjunto a la póliza enviada. Si el viaje es a Chile o Bolivia deberá adicionar, además, frente de la póliza y la cláusula 21° del condicionado de póliza.
¿Al momento de la compra del seguro, queda algún comprobante?
Sí, efectivamente. Queda en su poder el Certificado de Cobertura, enviado por e-mail, y Constancia de Aprobación de la Documentación Verificada, hasta que la compañía aseguradora emita la póliza oficial. Ésta le será enviada también vía correo electrónico aproximadamente dentro de los próximos 20 o 25 días hábiles posteriores a la fecha de aprobación de la documentación verificada.
¿Cuándo se tiene que abonar el seguro?
La cobertura del seguro puede abonarse tanto en efectivo (para poder hacer uso de una vigencia abonada) o mediante tarjeta de débito, a mes vencido.
Ante la compra de un vehículo 0KM ¿Al momento de la compra del seguro, queda algún comprobante?
Sí, efectivamente. Queda en su poder el Certificado de Cobertura, enviado por e-mail, y Constancia de Aprobación de la Documentación Verificada, hasta que la compañía aseguradora emita la póliza oficial. Ésta le será enviada también vía correo electrónico aproximadamente dentro de los próximos 20 o 25 días hábiles posteriores a la fecha de aprobación de la documentación verificada.
¿Qué son las FRANQUICIAS o los límites de la cobertura?
Al contratar la cobertura es importante conocer tipo de franquicia que posee. Cuanto más alta es la franquicia, más bajo es el precio a pagar, pero en caso de siniestro, parte del costo queda a cargo del asegurado.
El seguro puede tener franquicia para daños (Cobertura D)
Existen distintos tipos de modalidades para contratar seguros con respecto a la franquicia por daños por accidente:
- Sin franquicia, la compañía aseguradora se hace cargo de la totalidad del daño.
- Franquicia móvil, estipula un monto en porcentaje, mínimo 1%, máximo 3% del valor de un vehículo similar o 0 km.
- Franquicia fija, estipula un monto fijo, generalmente de $700 para autos nacionales y $1500 para importados. Ejemplo: se produce el choque y contrató un seguro contra todo riesgo (D).
De acuerdo al tipo de franquicia que se haya estipulado en la póliza su situación puede ser:
- Sin Franquicia: gastos a cargo de la aseguradora. La compañía aseguradora se hace cargo del gasto total de la reparación y todos los gastos.
- Franquicia móvil: la compañía de aseguradora se hace cargo del gasto a partir de un valor equivalente al «X» % del valor de un vehículo similar o 0 km.
- Franquicia Fija: la compañía aseguradora se hace cargo del gasto desde una suma acordada en adelante.
Clasificación de las COBERTURAS
COBERTURA A
Cubre los reclamos de resarcimiento cuantificados en dinero que se pueda llegar a recibir por los daños causados a otras personas o cosas de terceros por su vehículo o por la carga que transporte en forma reglamentaria, ya sea producidos por el asegurado o por quien conduzca la unidad, hasta la suma máxima por acontecimiento que se especifican en la póliza. Esto incluye daños por lesiones y/o muerte de personas transportadas. Este seguro no cubre su auto contra robo, incendio o cualquier otro daño. No cubre la Responsabilidad Penal que pueda originar el hecho.
COBERTURA B
En esta cobertura, su auto está cubierto no sólo por Responsabilidad Civil hacia terceros, sino también contra pérdida total por accidente, incendio y robo o hurto. En caso de robo total, si el auto aparece deteriorado o con faltantes, antes que la compañía aseguradora abone la indemnización, los daños sufridos no están cubiertos. Tiene la variante B1 que omite Destrucción Total por accidente.
COBERTURA C
Una cobertura tipo C, incluye un seguro de Responsabilidad Civil hacia terceros, pérdida total y parcial por incendio y robo o hurto y destrucción total por accidentes. Esta cobertura no cubre daños parciales por accidente. Si incluye los faltantes que pudieran ocurrir en caso de que el vehículo se encuentre luego de un robo o hurto. Tiene la Variante C1 que omite Destrucción Total por accidente.
COBERTURA D
Es la cobertura más completa que se puede contratar y es contra todo riesgo con franquicia. Este seguro cubre:
- Responsabilidad Civil hacia terceros.
- Pérdida y/o daños totales o parciales por accidente.
- Incendio y robo o hurto total y parcial. Si el auto aparece después de indemnizado, la compañía aseguradora se queda con el vehículo siniestrado.
RESPONSABILIDAD CIVIL: consideraciones importantes
La cobertura de Responsabilidad Civil es obligatoria para la circulación de vehículos en Argentina. Esta cobertura corresponde a las pólizas de tipo A.
¿Qué Cubre? La cobertura de Responsabilidad civil cubre los daños ocasionados con su vehículo a terceras personas o a sus bienes. Tienen un límite máximo de cobertura de $4.000.000 pesos argentinos. Los daños pueden ser producidos por el asegurado o por quien conduzca el automóvil, hasta el límite de cobertura que exige la Super Intendencia de Seguros.
¿Esta cobertura es válida en países limítrofes o extranjeros? La cobertura de Responsabilidad Civil se extiende en los países del Mercosur (en algunas compañías aseguradoras la cobertura se amplía a los limítrofes). No se recomienda contratar este tipo de cobertura por ser demasiada limitada y no protegerlo como se merece. Sin embargo, en el caso de vehículo con cierta antigüedad o de colección, ésta se convierte en la única opción disponible por las compañías aseguradoras.
COBERTURA BÁSICA
Se define a la cobertura básica, como aquella cobertura obligatoria de Responsabilidad Civil, más la inclusión de daños totales ocasionados por robo o hurto total e incendio total del vehículo. La destrucción total es opcional según la cobertura básica contratada. Las pólizas con coberturas básicas cuentan con asistencia al vehículo.
¿Cuáles son las COBERTURAS TODO RIESGO?
Las coberturas de Todo Riesgo son aquellas en las que ofrece más amplitud de coberturas de todo el mercado, cubriendo los daños parciales por accidente.
La cobertura todo riesgo brinda responsabilidad civil hacia terceros, robo/hurto e incendio, en forma parcial o total y daños parciales.
Cubre tanto la destrucción total del auto, como los daños provocados por hechos accidentales que superen la franquicia acordada en la contratación de la póliza. Generalmente este tipo de pólizas incluyen los adicionales de:
- Cobertura de Cristales Laterales
- Cobertura de Luneta y Parabrisas
- Cobertura de Granizo
- Cobertura de Daño parcial sin franquicia en caso de robo total
- Robo de contenido (según compañía aseguradora contratada)
¿Qué Cubre?
- Responsabilidad civil
- Robo/hurto e incendio total y parcial
- Daños Totales Por Accidente
- Daños Parciales Por Accidente (esta es la cobertura a la cual se le aplica la franquicia). Los daños totales y parciales que pueda sufrir por un accidente el vehículo del tomador de la póliza, son cubiertos por el pago del monto que excede la franquicia.
Siniestros
¿Qué DOCUMENTACIÓN se debe presentar ante un SINIESTRO?
En caso de contar con una cobertura de Robo Total:
- Denuncia Policial original
- Título del automotor
- Formulario de denuncia de su compañía.
En caso que la cobertura sea Robo Parcial:
- Denuncia policial original
- Cédula verde
- Certificado de cobertura (emitido por su compañía aseguradora)
- Ir al Centro de Inspección, o presentar fotografías (dependerá de la modalidad de su compañía aseguradora)
- Presupuesto de las piezas robadas, de acuerdo a los requisitos de su compañía aseguradora)
- Formulario de denuncia de su compañía aseguradora.
¿Cómo puedo saber el estado de mi SINIESTRO?
Envíenos los datos del auto, los del asegurado y un teléfono de contacto. Un especialista se pondrá en contacto con usted a la brevedad para comunicarle la situación en la que se encuentra el siniestro.
¿Qué ocurre ante un accidente o choque y el seguro está VENCIDO o IMPAGO?
Para que la cobertura tenga validez, la póliza debe estar vigente y los pagos devengados deben estar abonados en término. Un seguro es un contrato entre dos partes: la compañía aseguradora y el tomador como persona asegurada. Por ese contrato, la compañía aseguradora queda obligada a asumir un compromiso de pago ante cualquier eventualidad que ocurra y el tomador queda obligado a abonar la cuota en el plazo convenido por la compañía aseguradora.
Al momento de un siniestro, ¿cuál es el VALOR DEL VEHÍCULO que se tendrá en cuenta?
El valor del vehículo se determinará al momento del siniestro. El valor de venta al público al contado en plaza de un vehículo de igual marca, modelo y características, teniendo en cuenta como valor máximo, la suma asegurada que figure en la póliza o certificado, más el ajuste automático de suma asegurada de estar incluido.
¿Qué se debe tener en cuenta en caso de ACCIDENTE DE TRÁNSITO?
En todo accidente de tránsito los partícipes del mismo están obligados por ley a detenerse inmediatamente. Brindar los datos de su licencia de conductor y del seguro obligatorio a la otra parte y a la autoridad interviniente (si estos no estuviesen presentes, debes adjuntar esos datos adhiriéndolos eficazmente al vehículo dañado), denunciar el hecho ante la autoridad, presentarse y declarar ante el juzgado al ser citados. Por su parte, las autoridades están obligadas a organizar un sistema de auxilio de emergencias, prestando, requiriendo y coordinando los socorros necesarios a través de medios de comunicación, de transporte y asistenciales.
Se deberá tener en cuenta que si en un accidente hubo lesionados, la policía intervendrá, por lo que esa situación deberá informarme inmediatamente a su compañía aseguradora y solicitar el asesoramiento legal correspondiente. En caso que no haya lesionados, lo único que se tiene que hacer en ese momento es solicitar al tercero todos los datos personales y del seguro, es decir:
- Patente, modelo del auto y año
- Compañía aseguradora
- Número de póliza
- Datos de cédula verde
- Datos del registro de conducir: nombre y apellido, teléfono de contacto y DNI
Luego, dentro de las 72 horas comunicarse con la compañía aseguradora para realizar la denuncia administrativa.
¿En qué casos la compañía aseguradora puede RECHAZAR UN SINIESTRO?
Una compañía aseguradora puede rechazar en siniestro en los siguientes supuestos:
- Póliza se encuentre impaga
- Los alcances de la cobertura no lo tiene previsto, por ejemplo, daños parciales
- El conductor no está habilitado para conducir esa categoría de vehículo o su registro se encuentra vencido
- El vehículo tiene un uso distinto al que figura en la póliza de seguro
- Los daños son ocasionados por dolo o culpa grave del asegurado o del conductor
- El vehículo no se encuentra habilitado para circular conforme a las disposiciones legales vigentes
- El conductor maneja bajo la influencia de cualquier droga inhibidora, alucinógena o somnífera, o en estado de ebriedad
- No se ha respetado las normas de tránsito: barreras ferroviarias, exceso de velocidad, transitar en contramano, otros.
- Falta de denuncia (caducidad)
- Reticencia o falsedad en la información brindada
¿Qué es y cómo opera la FRANQUICIA?
La franquicia es la suma de dinero que corre por cuenta del asegurado en caso de que ocurra un siniestro.
¿Cómo opera la franquicia? Ejemplo: Tengo una cobertura de franquicia por $3000 pesos y un accidente provoca un daño que tiene un costo de reparación de $10.000 pesos. La compañía cubrirá $ 7.000 y el asegurado deberá abonar $3.000 pesos. Todo arreglo que sea menor a $ 3.000 no estará cubierto por la compañía aseguradora.